Publicadas en Gaceta las Normas para el Control de Actividades Susceptibles de Generar Contaminantes Atmosféricos

Caracas, (NL).- Fueron publicadas en Gaceta Oficial N° 39.807 del 24 de noviembre de 2011, las Normas para el Control de Actividades Susceptibles de Generar Contaminantes Atmosféricos. Según Resolución N° 0132 del Ministerio del Poder Popular para la Salud.

El objeto de estas Normas, es establecer las Normas que regirán para la vigilancia y control de actividades susceptibles de generar contaminantes atmosféricos, que puedan afectar la salud o el bienestar de la población.

Estas Normas aplican para toda persona natural o jurídica, pública o privada, propietaria o responsable de actividades susceptibles de generar contaminantes atmosféricos. Se exceptúan del cumplimiento de las presentes (Sic) Normas, aquellas actividades que constituyan fuentes móviles.

A los efectos de la presente Resolución se entiende por:

1.- Actividad susceptible de generar contaminantes atmosféricos: Todo proceso, operación, actividad, o cualquier otra acción, capaz de generar contaminantes atmosféricos que puedan afectar la salud o el bienestar de la población.

2.- Autoridad Sanitaria Ambiental competente: Dependencia nacional o estadal del Ministerio del Poder Popular para la Salud, a la que le han sido atribuidas legal o reglamentariamente, facultades administrativas y de control, para aplicar o ejecutar las leyes y demás normativas en el área de la salud ambiental.

3.- Autorización Sanitaria de Actividades Susceptibles de Generar Contaminantes Atmosféricos: Documento expedido por la Autoridad Sanitaria Ambiental competente, mediante el cual se hace constar, que las emisiones al aire generadas por la actividad objeto de la misma, cumplen con las normas establecidas y se encuentran bajo vigilancia sanitaria.

4.- Caracterización de las Emisiones: Procedimiento que incluye la captación de muestras en chimeneas y ductos, su respectivo, análisis, y la determinación de las concentraciones de contaminantes descargados a la atmósfera.

5.- Contaminante Atmosférico: Cualquier material vivo o inerte, en estado sólido, líquido o gaseoso, de características físicas, químicas o biológicas de origen orgánico o inorgánico, natural o sintético, y cualquier fenómeno físico o forma de energía, que esté presente en la atmósfera sin ser parte de la composición normal del aire, o supere la concentración natural en éste, implicando molestia grave riesgo o daño, para la salud o bienestar de las personas.

6.- Generador de Contaminantes Atmosféricos: Persona natural, o jurídica, pública o privada, propietaria o responsable de la actividad susceptible de generar contaminantes atmosféricas.

7.- Medidas de Control de Contaminantes Atmosféricos: Procedimientos, mecanismos o acciones, tendentes a evitar o minimizar la generación de contaminantes atmosféricos.

8.- Sistemas de Control de Contaminantes Atmosféricos: Conjunto de equipos y demás dispositivos, diseñados y construidos para la eliminación o minimización de un contaminante atmosférico, antes de su descarga.

Toda persona, natural o jurídica, pública o privada, propietaria o responsable de una actividad susceptible de generar contaminantes atmosféricos, deberá llevar un registro pormenorizado, no limitativo, de los aspectos que se indican a continuación según aplique, y el cual podrá ser requerido por la Autoridad Sanitaria Ambiental competente cuando ésta así lo requiera:

1.- Constancias de Cumplimiento en materia de emisiones, otorgada por el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, o en su defecto la caracterización de emisiones.

2.- Mantenimiento de los equipos de control existentes;

3.- Detalles sobre medidas de control adoptadas;

4.- Logros obtenidos, y alcance de las metas propuestas, en la gestión de los contaminantes atmosféricos;

5.- Gasto de materia prima y productos obtenidos por unidad de proceso; y

6.- Cualquier otra que la Autoridad Sanitaria Ambiental competente estime necesario.

La información o registros señalados en este artículo, deberán cumplir con las disposiciones de orden técnico y administrativo, establecidas en la normativa legal vigente, cuando así corresponda.

El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, acarreará la imposición de las sanciones establecidas en la Ley Orgánica de Salud, y demás normas legales que le sean aplicables.

Se deroga la Resolución Nº 0023 del 7 de octubre de 1999 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.420 Extraordinario del 10 de noviembre de 1999.

La presente Resolución entrará en vigencia a los sesenta (60) días continuos, contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

NOTICIERO LEGAL
Publicadas en Gaceta las Normas para el Control de Actividades Susceptibles de Generar Contaminantes Atmosféricos

Ambiente y justicia social - Opinión - EL UNIVERSAL


Ambiente y justicia social

DAVID ARÓN LÓPEZ | EL UNIVERSAL
jueves 22 de diciembre de 2011 12:00 AM

El ambiente nos rodea a todos, no importa en cuales condiciones socioeconómicas nos encontremos, las consecuencias e impactos ambientales los sufrimos por igual. Se ha hablado muchísimo de la relación entre ecología y desarrollo sustentable con equidad social. Sin embargo creo que es intrínseco manejar una visión integral en cuanto a un desarrollo amigable con el ambiente, y es que también se ha hablado de los tipos de contaminación según las sociedades. Yo creo más bien que se debe plantear una visión que globalice los problemas ambientales en un ámbito geográfico definido.

Para entender lo planteado, debemos comprender que la dimensión social es fundamental incluirla en la elaboración de políticas públicas en desarrollo sustentable. Es decir lograr justicia social a partir de mejorar la calidad ambiental de las personas. Es un punto de vista que rompe con los paradigmas desarrollistas que ponen a la economía como factor fundamental para lograr el progreso social.

No necesariamente el progreso económico ayuda al mejoramiento de la calidad ambiental sino al cambio de impactos ambientales. Si el consumo la generación de desechos sólidos también. La urbanización de zonas rurales, aumenta las emisiones atmosféricas y efluentes de aguas residuales. En definitiva a mayor prestación de servicios mayor impacto.

A través de la educación formal y ciudadana podremos implementar medidas integrales que conjuguen progreso económico y sustentabilidad ambiental, así como el cambio de un modelo rentista a uno amplio con fuerza en la producción nacional local, incluso se "descentralizarán" los problemas ambientales siendo mucho más simple manejarlos adecuadamente.

Se rompería así el ciclo vicioso de progreso versus ambiente, en el que ambos no competirían entre sí sino que formarían parte de un mismo sistema, se compensarían e incluso se potenciarían entre sí, mejorando efectivamente la calidad de vida de las personas, un circulo virtuoso que logrará que el país vaya hacia el desarrollo sustentable.

daronlg@gmail.com
@DavidAronLopez

Ambiente y justicia social - Opinión - EL UNIVERSAL:

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Noticias Ambientales y otros temas

2012: Año Internacional de la Energía Sostenible.

Reconociendo la importancia de la energía para el desarrollo sostenible, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha proclamado el año 2012 Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos.

ENVIADO POR: ECOTICIAS.COM / RED / AGENCIAS, 22/12/2011, 12:26 H | (786) VECES LEÍDA

Entendiendo la energía sostenible como aquella energía que se produce y se usa de forma que apoyen a largo plazo el desarrollo humano en el ámbito social, económico y ecológico, Naciones Unidas ha decidido que 2012 sea el Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos.

Esto titularidad es una valiosa oportunidad para profundizar la toma de conciencia sobre la importancia de incrementar el acceso sostenible a la energía, la eficiencia energética y la energía renovable en el ámbito local, nacional, regional e internacional. Los servicios energéticos tienen un profundo efecto en la productividad, la salud, la educación, el cambio climático, la seguridad alimentaria e hídrica y los servicios de comunicación.

La falta de acceso a la energía no contaminante, asequible y fiable obstaculiza el desarrollo social y económico y constituye un obstáculo importante para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Sin embargo, 1.400 millones de personas carecen de acceso a la energía moderna, en tanto 3.000 millones dependen de la combustibles fósiles y el carbón como las principales fuentes de energía. ¿Cómo lograr el acceso de todos a energías sostenibles?.

Para llegar a cumplir este objetivo será necesaria la inversión en recursos tecnológicos que puedan generar energía menos contaminante y viabilizar el acceso a estos nuevos servicios energéticos a todas las comunidades del mundo. Además, requerirá de políticas tanto nacionales como internacionales que sean una fuente de incentivo para el uso de las nuevas fuentes de energía renovable.

Cada día la demanda de energía a nivel mundial es mayor y por lo tanto será necesaria la aplicación de políticas de promoción y desarrollo además de la difusión de las tecnologías energéticas adecuadas, inclusive haciendo transferencia de estas tecnologías desde los países más desarrollados hasta los que aún se encuentren en vías de desarrollo.

Se prepara así el lanzamiento de una nueva propuesta a nivel mundial que lleva por nombre Energía Sostenible para Todos, que tiene como objetivos principales:

-Garantizar el acceso a servicios energéticos modernos
-Reducir la intensidad energética mundial en un 40%
-Incrementar el uso de la energía renovable a nivel mundial al 30%.

Un plan ambicioso con un claro objetivo de beneficiar tanto a la población mundial como al Planeta Tierra.

http://www.fundacionentorno.org/ - ECOticias.com